No tener instalado el emblema nacional, o tenerlo puesto de forma incorrecta, es motivo de sanción.
Las Fiestas Patrias, lo cual significa que las personas comienzan a realizar planes sobre cómo celebrar estos días feriados, ya sea en alguna fonda o en casa con la familia y amigos.
No obstante, se debe tener en consideración que todas las personas deben cumplir con un deber para estas fechas, el cual es tener instalada la bandera chilena en sus hogares, Esto debido a que, si este emblema nacional no está puesto, o no está colocado de la manera correcta, la persona se arriesga recibir una multa.
Lo anterior, ya que, de acuerdo a lo indicado por el Gobierno, el uso de la bandera chilena es obligatorio en todos los hogares.
El Gobierno indica que el uso de la bandera chilena es obligatorio solo el 18 y 19 de septiembre, fecha en la que el emblema nacional debe estar puesto en todos los edificios públicos y privados.
Sin embargo, en el caso de los departamentos, su uso no es una obligación si es que el edificio ya cuenta con bandera.
Además, entre las otras de las normativas para su uso, el Ejecutivo explica que “junto a pabellones extranjeros, el nacional no debe ser de tamaño inferior a los demás ni quedar situado a menor altura que estos”.
No obstante, si una persona o familia lo desea, puede tener la bandera chilena en su hogar durante todo el año, aunque no es una obligación.
Se emite una multa por no colocar la bandera, si se instala al revés o no es izada, por un monto que va desde 1 a 5 UTM, es decir, de $63.452 a $317.260 aproximadamente.