Votantes y Vocales: ¿Cuándo tengo que excusarme si no puedo ir a votar el 4 de septiembre?
Aquí te contamos cuándo deberás excusarte en caso que no puedas asistir a votar durante este plebiscito de salida.
Cabe destacar que, esta instancia será obligatoria y quienes no se presenten a los locales de votación ni se excusen por su inasistencia, serán multados económicamente por los Juzgados de Policía Local por un monto de hasta $180 mil pesos.
Las siguientes personas podrán presentar las siguientes excusas para este 4 de septiembre:
Votantes:
- Enfermedad.
- Ausencia del país.
- Encontrarse el día del Plebiscito en un lugar situado a más de 200 kilómetros de aquel en el que se encuentra registrado su domicilio electoral.
- Por otro impedimento grave, debidamente comprobado ante el juez competente, quien revisará la prueba de acuerdo con las reglas de la sana crítica.
Vocales de mesa:
- Estar ausente del país o radicado en alguna localidad distante más de 300 kilómetros o con la que no haya comunicaciones expeditas, hecho que calificará la Junta Electoral respectiva.
- Tener que desempeñar en los mismos días y horas de funcionamiento de las Mesas, otras funciones que encomiende la Ley N° 18.700.
- Tener más de 60 años de edad.
- Estar física o mentalmente imposibilitado de ejercer la función, circunstancia que deberá ser acreditada con certificado médico.
- Cumplir labores en establecimientos hospitalarios en los mismos días en que funcionen las Mesas Receptoras de Sufragios, lo que deberá acreditarse mediante certificado del Director del respectivo establecimiento de salud.
- Tratarse de personas gestantes durante todo el período de embarazo, acreditado mediante documento extendido por el establecimiento de salud donde se realice el control o un certificado médico. También se considerará al padre o madre de un hijo menor de dos años al día en que funcionen las mesas receptoras, acreditado con el correspondiente certificado de nacimiento.
- Quienes se desempeñen como cuidadoras o cuidadores de adultos mayores o personas con necesidades especiales, con dependencia o discapacidades, y las que se desempeñen en los establecimientos de larga estadía para adultos mayores (Eleam).
En caso de no acudir al plebiscito de este próximo 4 de septiembre, los ciudadanos deberán presentar su excusa ante el Juzgado de Policía Local después del plebiscito cuando se le notifique de acuerdo al domicilio electoral registrado previamente.